2012-07-15

Estabilidad presupuestaria y fomento de la competitividad





Las desgravaciones en el IRPF por vivienda se eliminan en 2013. 
Se suprime la compensación fiscal por deducción en adquisición de vivienda habitual aplicable a los contribuyentes que adquirieron su vivienda antes de 20 de enero de 2006 en el período impositivo 2012
Se suprime la subsidiación de préstamos por adquisición de vivienda destinada a facilitar al prestatario el pago de la amortización del capital del préstamo así como sus intereses, mediante una cuantía fija que el Ministerio de Fomento abona a la entidad financiera una vez que ésta factura al prestatario, y también queda suprimida para aquellas solicitudes que se encuentren en tramitación y no hayan sido aún reconocidas por las Comunidades Autónomas.
Se reduce en un 30% (a 147 €) el importe de la ayuda de Renta Básica de Emancipación de los jóvenes, además la ayuda a la emancipación y que facilita el pago del alquiler, no será compatible con otras ayudas o subvenciones establecidas en la normativa autonómica.
Desde 1 de septiembre de 2012 se introducen las siguientes modificaciones en la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA):
Se aplicará el tipo del 10 por ciento a las operaciones siguientes: 
Las entregas o adquisiciones de Los edificios o partes de los mismos aptos para su utilización como viviendas, incluidas las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente. No se consideran como de anexos a viviendas los locales de negocio, aunque se transmitan conjuntamente con los edificios o parte de los mismos destinados a viviendas.
Las ejecuciones de obra de renovación y reparación realizadas en edificios o partes de los mismos destinados a viviendas, cuando: 
a) Que el destinatario sea persona física, no actúe como empresario o profesional y utilice la vivienda a que se refieren las obras para su uso particular. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, también se comprenderán en este número las citadas ejecuciones de obra cuando su destinatario sea una comunidad de propietarios. 
b) Que la construcción o rehabilitación de la vivienda a que se refieren las obras haya concluido al menos dos años antes del inicio de estas últimas. 
c) Que la persona que realice las obras no aporte materiales para su ejecución o, en el caso de que los aporte, su coste no exceda del 40 por ciento de la base imponible de la operación. 
Los arrendamientos con opción de compra de edificios o partes de los mismos destinados exclusivamente a viviendas, incluidas las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se arrienden conjuntamente.
La cesión de los derechos de aprovechamiento por turno de edificios, conjuntos inmobiliarios o sectores de ellos arquitectónicamente diferenciados cuando el inmueble tenga, al menos, diez alojamientos, de acuerdo con lo establecido en la normativa reguladora de estos servicios.
 Se aplicará el tipo del 4% IVA a las viviendas calificadas administrativamente como de protección oficial de régimen especial o de promoción pública, cuando las entregas se efectúen por sus promotores, incluidos los garajes (máximo dos) y anexos situados en el mismo edificio que se transmitan conjuntamente. 

No hay comentarios:

¿Quién tiene que pagar el seguro de impago de alquiler según la ley?

¿Quién tiene que pagar el seguro de impago de alquiler según la ley? La contratación de un seguro de alquiler cada vez es más necesario, p...