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2014-02-06

Desahucios Notariales

Sentencia del juzgado de lo Mercantil 1 de Palma de Mallorca, entendiendo que se trata de cláusula abusiva

Los jueces cortan el vuelo a los desahucios notariales
Los jueces cortan el vuelo a los desahucios notariales

  • La práctica extendida por la que las entidades financieras acudían al notario para llevar a cabo una ejecución hipotecaria extrajudicial se acaba de tomar con una sentencia contraria a este procedimiento. La ha dictado el juzgado de lo Mercantil 1 de Palma de Mallorca, entendiendo que se trata de cláusula abusiva, y por tanto, nula.
  • En principio, para que un inmueble otorgado en garantía de un préstamo hipotecario pueda ser ejecutado mediante un procedimiento extrajudicial ante notario, es necesario que ambas partes hubiesen acordado esta posibilidad en la escritura pública del préstamo hipotecario.
  • La escritura deberá contener el valor en el que los interesados tasan la finca a efectos de la subasta, el domicilio del deudor para notificaciones, y la determinación de la persona que en su día podrá otorgar la escritura de venta de la finca en representación del dueño del bien hipotecado.
  • El procedimiento que llevará a cabo la entidad financiera, para el recobro de los importes adeudados en caso de impago, pasa por entregar toda la documentación relativa al mismo, solicitando al notario que inicie el procedimiento extrajudicial de ejecución hipotecaria.
  • El notario solicitará al Registro de la Propiedad una certificación de la inscripción de la hipoteca sobre el bien así como de las características de la misma. Y comunicará al deudor el requerimiento del acreedor, para que proceda al pago de las cantidades adeudadas por razón del préstamo hipotecario. En caso de que el deudor no atienda el requerimiento de pago, se  fijará fecha para subasta, hecho que se comunicará al deudor. El anuncio de la subasta deberá insertarse en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
  • Así se siguió en el caso en cuestión, abordado por el juzgado de Palma de Mallorca, pero al final no se ha llevado a término. La sentencia alude al caso de una mujer con un hijo menor y sin ingresos que fue objeto de este tipo de procedimiento por parte de un banco.
  • Inicialmente, la subasta no se pudo parar, pero sí se ha hecho tras una demanda en la que se solicitaba que se declarara nula la cláusula que permitió a la entidad ejecutar sin intervención judicial dicha vivienda.
  • El juez hace suyos los argumentos de los demandantes en relación a que el procedimiento de ejecución extrajudicial es nulo por haberse incluido a través de una condición general de la contratación abusiva al limitar el derecho del consumidor a que el proceso de ejecución sea tramitado ante un juez.
  • Además, porque el notario no puede acordar la nulidad de oficio de cláusulas abusivas al no tener competencia para ello, lo que limita el derecho del consumidor a que en un procedimiento judicial un juez de oficio pueda decretar la nulidad de algunas estipulaciones.

2012-11-16

 Las medidas anti desahucios aprobadas por el gobierno

15/11/12
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes para reforzar la protección a los deudores hipotecarios y en cuya tramitación parlamentaria se espera la aportación de todos los grupos políticos, después de las reuniones durante los últimos días entre el Gobierno y el principal partido de la oposición

Este Real Decreto Ley contiene "dos medidas clave para atender y paliar las dificultades de los colectivos de mayor vulnerabilidad":

1) Paralización durante dos años de los lanzamientos, es decir, de la fase final de desahucio, que afecten a los colectivos que no superen el nivel de rentas previsto tres veces el IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Públicos). es decir, familias cuyos ingresos no superen los 1.597 euros mensuales (19.164 euros al año), y en los que se haya producido una alteración significativa de las circunstancias económicas, es decir, cuando:

a) la carga hipotecaria se haya multiplicado, al menos, por un 1,5 en los últimos cuatro años

b) en los que la cuota hipotecaria supere el 50% de los ingresos netos

C) en los que se trate de un crédito garantizado con hipoteca sobre la única vivienda en propiedad

y, además, se encuentren en alguna de estas circunstancias:

- Ser familias numerosas de acuerdo con la definición en la legislación vigente

- Constituir una unidad familiar monoparental con dos hijos a cargo

- Ser familias con algún menor de tres años

- Tener a su cargo a personas en situación de discapacidad superior al 33 por 100 o dependencia que incapacite de modo permanente para una actividad laboral

- Ser deudores en paro y sin prestación por desempleo

- Constituir unidades familiares en las que convivan en la misma vivienda una o más personas que estén unidas con el titular de la hipoteca o su cónyuge por vínculo de parentesco hasta el tercer grado de consaguinidad o afinidad y que se encuentren en situación personal de discapacidad, dependencia o enfermedad grave que le incapacite de forma temporal o permanente para una actividad laboral

- Estar en algunos supuestos de violencia de género

2) además, se ha comunicado la creación urgente de un fondo social de viviendas, con un parque de viviendas destinadas al alquiler con precios bajos para personas que han perdido su vivienda procedan de entidades financieras según luis de guindos, ministro de economía

Más medidas en la tramitación parlamentaria

El Gobierno, en la consiguiente tramitación parlamentaria, también abordará otros asuntos que deberían formar parte de la Ley consecuencia de este Real Decreto Ley. en este sentido ha comunicado:

- el establecimiento de nuevos umbrales para la aplicación del Código de Buenas Prácticas, para poder entrar en procesos de reestructuración de la deuda, de quita o, en su caso, de dación en pago

- se mejorarán aspectos relacionados con las subastas y con los intereses de demora

- mecanismos para dar mayor independencia a las sociedades de tasación frente a las instituciones bancarias a la hora de tasar la vivienda

- posibilidad de establecer límites en las compras de vivienda habitual para evitar de cara al futuro el sobreendeudamiento
- mecanismos para evitar cláusulas abusivas en las negociaciones hipotecaria
idealista



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