sábado 21 de enero de 2012

Novedades Fiscales en Vivienda, IVA, IRPF y Suelo





Con efectos desde 1 de enero de 2011, con el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público se ha modificado la  Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su artículo 68 en cuanto a la  Deducción por inversión en vivienda habitual:

1.º Los contribuyentes podrán deducirse el 7,5 por ciento de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente. A estos efectos, la rehabilitación deberá cumplir las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

  • La base máxima de esta deducción será de 9.040 euros anuales y estará constituida por las cantidades satisfechas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda, incluidos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en el caso de financiación ajena, la amortización, los intereses, el coste de los instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés variable de los préstamos hipotecarios.
  • También podrán aplicar esta deducción por las cantidades que se depositen en entidades de crédito, en cuentas que cumplan los requisitos de formalización y disposición que se establezcan reglamentariamente, y siempre que se destinen a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, con el límite, conjuntamente con el previsto en el párrafo anterior, de 9.040 euros anuales.
  • En los supuestos de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial, el contribuyente podrá seguir practicando esta deducción, en los términos que reglamentariamente se establezcan, por las cantidades satisfechas en el período impositivo para la adquisición de la que fue durante la vigencia del matrimonio su vivienda habitual, siempre que continúe teniendo esta condición para los hijos comunes y el progenitor en cuya compañía queden.
Se entenderá por vivienda habitual aquella en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de tres años. No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo aquel carácter cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda, tales como separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o de empleo más ventajoso u otras análogas.

jueves 5 de enero de 2012

2012 Decisivo para Europa

Es muy probable que el año 2012 sea en la Unión Europea un año de grandes y sustanciales cambios en su estructura económica para posicionarse en el panorama internacional de forma acorde al crecimiento que le corresponde. 

Hay que sanear y recapitalizar el sistema bancario europeo, fortalecer la moneda única, atajar el problema del desempleo - que afecta a 23 millones de personas- y  realizar la correspondiente reforma institucional a través de tratados internacionales, para que sea una verdadera Unión Europea. Y en ese calendario de trabajo, lleno de incertidumbres, España debe estar más presente que nunca. 

lunes 2 de enero de 2012

Hábitat urbano sostenible

“Nadie sabe que aspecto tiene un asentamiento humano sostenible, ni tampoco como funciona. Hay quien dice que las pequeñas villas europeas de la edad media, o las aldehuelas prehistóricas, por poner dos ejemplos; fueron sostenibles. Sin embargo, ambos modelos se basaban en el mismo paradigma no sostenible; los recursos se extraían del entorno mientras que los desperdicios se tiraban, sin mas” (Ruano, Miguel. ECOURBANISMO ENTORNOS HUMANOS SOSTENIBLES: 60 PROYECTOS.)




La ciudad no es un ente individual, está unido a un contexto, donde los componentes que la hacen vivir son los del medio ambiente: el aire, la tierra, el agua, el sol, la flora, la fauna, el ser humano, etc. No podemos seguir pensando de una manera segmentaria, es eminente que estamos viviendo un cambio de paradigma y este paradigma integrador, holístico, nos muestra cómo para cada acción hay una reacción y todo en el mundo depende de algo. Debemos ver a la ciudad como una parte integral del medio ambiente. Tenemos que cambiar la manera de pensar de los seres humanos y llevarlos a entender que los recursos son finitos, que tenemos obligatoriamente que convertir ese consumo lineal en un consumo cíclico, implementando el reciclaje, la renovación, la restauración, reuso, y recuperación.

Debemos pensar en el desarrollo sostenible de una manera integral, en todos sus aspectos, el económico, el político, el ecológico y sobre todo debemos saber que lo más importante es la persona humana y que sin la aceptación de ésta, nunca vamos a lograr evolucionar a esa ciudad del futuro deseable, sino que más bien vamos a alcanzar el futuro inevitable de destrucción, desolación y muerte!
No creo que la ciudad del futuro esté llena de calles y automóviles modernos como lo vemos en las escenas de las películas futuristas, mas bien creo que la ciudad del futuro está encaminada a ciudades compactas, con muchas áreas verdes, con una ciudadanía segura y contenta de tener un medio ambiente sano, con mucha tecnología para las comunicaciones, que hace más eficiente nuestro trabajo pero que no reemplaza al ser humano, pero sobre todo, llena de personas que quieren trabajar en conjunto por un mundo mejor!


Arq. Alejandra Padilla

Fuente: habitat.ecoportal.net

jueves 8 de diciembre de 2011

5ª ETAPA. 15 Enero 2012,

Ruta de los Monasterios
4ª ETAPA. RUTA DELS MONESTIRS 2011-12
Desde las 9 h. hasta la 17:30 hrs.
Salida desde el Paraje Natural La Casella - Alzira
Precio 8 € - Todos los públicos.

domingo 27 de noviembre de 2011

Financiación PYMES y Guía práctica para hacer negocios en Europa

Guía práctica para hacer negocios en Europa - 
Tu Europa - Empresas


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Préstamos para las PYME avalados por la UE

La Unión Europea (UE) apoya la financiación para ayudar a las pequeñas y medianas empresas (PYME) a dar sus primeros pasos o a ampliar su actividad.

La UE apoya a las PYME a través del Programa Marco para la Innovación y la Competitividad 2007-2013, que permite garantizar los préstamos concedidos por entidades financieras especializadas en créditos a estas empresas.

¿Reúne usted las condiciones?

Para solicitar un crédito, una PYME debe reunir las condiciones de admisión en el Programa Marco establecidas por la Comisión Europea:
  1. Su plantilla no debe superar los 250 empleados.
  2. Su volumen de negocios no debe exceder de 50 millones de euros o su balance general de 43 millones de euros.
  3. De acuerdo con la reglamentación de la CE, se considera que su empresa es una PYME. Para información sobre la definición de PYME en la UE, pulse aquí.


Para buscar una fuente de créditos avalados por la UE en España pulse aquí.


Recuerde que se trata de préstamos, no de subvenciones.
Si busca información sobre otras fuentes de financiación de la UE, pulse aquí.




jueves 17 de noviembre de 2011

Europa tendría que aprender de la Antigua Roma

Europa disfrutó de un régimen de moneda común hace 2.000 años. En aquel entonces, como hoy, no había un solo idioma común, y la  movilidad de mano de obra era más bien limitada así como toda la red de comercio activo. El Imperio Romano trajo la paz interna en relación con unas amplias zonas que nunca se unieron de nuevo. Y trajo la moneda, llamada sestercios o, para ser más exactos, una moneda de oro, plata y bronce de las que el bronce, sesterciose convirtió en la más común de transmisión. Sin duda, entonces se carecía de un banco central, aunque duró muchos siglos (del III a.C. al III d.C,)



Frente a una crisis europea de deuda severa, continua y previsible como sufrimos, no parece probable que el euro va a conseguir algo que se acerque el éxito o la longevidad de aquéllos sestercios, como antecesor distante. ¿Qué salió mal, más allá de la falta de visión política que es la única cosa que los gobiernos europeos parecen compartir?


viernes 11 de noviembre de 2011

PREGUNTAS FRECUENTES:¿Qué es un banco malo? todo lo que te interesa saber

 Cada  vez se oye más el "Banco Malo" como panacea a todos los problemas financieros de las entidades de crédito al contar con tantos inmuebles en sus balances, según el Banco de España:  por cuentas de dudoso cobro, promotores con graves riesgos de falta de pago, y adjudicaciones hipotecarias, aunque algunos expertos señalan que son  opiniones interesadas sin sentido, siendo su origen el "lobby bancario"
¿Qué es un Banco Malo? Es una entidad creada generalmente por el Estado a fin de comprar a precio asequible los 'activos tóxicos' de la Banca y limpiar sus balances evitando males mayores. ¿cómo funcionaría el banco malo?... 

Mi piso no se vende ¿ Que hago?


Que no cunda el pánico. Vender una vivienda no es fácil en tiempos de crisis, pero tampoco es una tarea imposible. Los expertos recomiendan no resistirse a bajar el precio y no demorar la venta a la espera de ofertas mejores.

La crisis se ha cebado en el mercado inmobiliario. Según la agencia de tasación Tinsa, hoy un piso vale casi un 24% menos que en diciembre de 2007, cuando la burbuja tocó techo. Por eso, vender una vivienda se ha convertido es una tarea titánica para muchos, que se desesperan al ver pasar los meses a la espera de un comprador, mientras el valor de su piso se deprecia.
Para vender rápido y bien, las agencias inmobiliarias aconsejan marcar un precio acorde con la realidad del mercado y no demorar la venta a la espera de ofertas mejores. Es probable que nunca lleguen.

Estas son las cinco claves para vender un piso en tiempos de crisis,

viernes 21 de octubre de 2011

DESAHUCIO EXPRES

Pisos : desahucios de pisos en alquiler mas rapidos al modificar la ley 

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Los desahucios seran mas rapidos tras las modificaciones legales, los propietarios pisos de alquiler desahuciaran mas facilmente
Los propietarios de pisos que dedican al alquiler celebraran las modificaciones procesales relativas al procedimiento de desahucio, lo que es una buena noticia para evitar a los inquilinos morosos profesionales, si bien, el momento de crisis economica no parece el mas oportuno para aquellas familias que siendo buenos pagadores se ven abocados a desalojar sus casas alquiladas si de forma temporal no pueden hacer frente a los pagos de las rentas de alquiler. Las modificaciones legales relativas al desahucio de pisos en alquiler permitira que los desahucios se hagan mucho mas rapidamente, lo que dara mas seguridad a los propietarios de viviendas en alquiler .
Se ha publicado en el boletin oficial del estado la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, que determina importantes cambios normativos relativos a los procedimientos de desahucio, como por ejemplo " Se extiende el sistema del juicio monitorio a los juicios de desahucio por falta de pago, de modo que, en el caso de que el arrendatario no desaloje el inmueble, pague o formule oposición tras el requerimiento, se pase directamente al lanzamiento, cuya fecha se le comunica en el mismo requerimiento, única comunicación procesal necesaria para el buen fin del proceso, aun cuando el demandado tratase de dilatar la ejecución, evitándose asimismo la celebración de vistas innecesarias" .


PREGUNTAS FRECUENTES

APLICACIÓN DEL TIPO SUPER-REDUCIDO DEL 4%

A LA ENTREGA DE VIVIENDAS

1.- ¿Cuáles son los requisitos para que las entregas de inmuebles a particulares destinados a viviendas se beneficien de la tributación al tipo superreducido dei 4% previsto en el Real Decreto-ley 912011 en lugar del 8%?

La entrega de la vivienda debe efectuarse por un empresario o profesional, en caso contrarío tributará por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (Concepto Transmisiones Onerosas) (ITP)

Debe tratarse de viviendas terminadas y ser su primera entrega (la realizada por el promotor). En el caso de la segunda o ulteriores transmisiones (viviendas usadas) es de aplicación la exención, tributando por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (Concepto Transmisiones Onerosas) (ITP).

Es necesario que los edificios o partes de los mismos que se transmiten sean aptos para su utilización corto viviendas; se incluirán las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente.

o No tendrán la consideración de anexos a viviendas los locales de negocio, aunque se transmitan conjuntamente con las mismas.

o No se consideran edificios aptos para su utilización como viviendas las edificaciones destinadas a su demolición.



La entrega de la vivienda deberá producirse desde, el 20 de agosto de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011.

2.- ¿Es aplicable el tipo superreducido del 4% previsto en el Real Decreto ley 9/2011 a la entrega de viviendas usados?

Únicamente si el vendedor renuncia a la exención, para lo cual se requiere que el comprador sea un empresario o profesional con derecho a la deducción total del impuesto soportado en la operación. En el caso de viviendas adquiridas por particulares no es aplicable.

3.- ¿Las entregas de viviendas de obra nueva realizadas por promotores se consideran siempre primera entrega?

No. No tiene la consideración de primera entrega a efectos del IVA. la realizada por el promotor después de la utilización interrumpida del inmueble por un plazo igual o superior a dos años por su propietario, por titulares de derechos reales de goce o disfrute o en virtud de contratos de arrendamiento sin opción a compra, salvo que el adquirente sea quien utilizó la edificación durante ese plazo.

En estos casos la venta tendrá la consideración de segunda entrega, exenta del IVA y tributará por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

4.- Las entregas de viviendas rehabilitadas pueden considerarse primera entrega?
Si, las entregas de viviendas rehabilitadas se asimilan a la entrega de un edificio de nueva construcción siempre que se cumplan los requisitos previstos en el articulo 20.Uno.22°.13) de la Ley 37/1992:

martes 18 de octubre de 2011

ADICAE inicia la recogida de firmas para una moratoria en procesos de embargo


La Asosciación Española de Usuarios de Bancos, Cajas y Seguros (ADICAE) pone en marcha una recogida de firmas 'on line' que remitirá a las Fuerzas Políticas, para conseguir la paralización de las ejecuciones hipotecarias y  otras medidas de apoyo a los hipotecados asfixiados. El consumidor de créditos y de vivienda, es el gran perjudicado de esta crisis.  Resumen de la moratoria (aplazamiento).

lunes 10 de octubre de 2011

Superficies y unidades de medida

Aunque las magnitudes de primera necesidad fueron sistemas lineales, como el alcance una flecha o la distancia que se podía recorrer en una jornada, las medidas de superficie se hicieron necesarias al desaparecer el nomadismo y la agricultura o la ganaderia pasaron a ser actividades vitales en para establecer la renta del suelo,  y posteriormente en el reparto de nuevos terriorios conquistados.

Al principio, el hombre utilizaba como unidad de medida de referencia alguna parte de su cuerpo, como el Codo o el Pie, que ya se mencionaban en la Biblia (el Arca de Noé o el Templo de Salomón). Desde entonces hasta hoy, aún podemos encontrar referencias al mismo en documentos e incluso escrituras, aunque cada vez menos, sean 'Pasos' o 'Palmos'. Evidentemente, dichas unidades de medida no eran comunes en todas la tierras, incluso dentro de cada zona, como en España, se pueden encontrar diversas denominaciones y tamaños en relación con el sistema métrico decimal, cuya lunidad principal es el metro cuadrado (m2, que es un cuadrado cuyo lado es un metro), establecido por la Ley  para  la  ejecución de Pesos  y  Medidas,  de  19  de  julio de 1849, que hizo obligatoria la utilización del sistema métrico decimal, y se estableció la CORRESPONDENCIA OFICIAL ENTRE LAS ANTIGUAS MEDIDAS DE TODAS LAS PROVINCIAS ESPAÑOLAS CON LAS MÉTRICAS LEGALES POR REAL ORDEN DEL 9 DE DIClEMBRE DE 1852, PUBLICADA EN LA «GACETA» DE MADRID EL 28 DE DICHO MES (V. Tabla al final).

La unidad superficial mas antigua en España es la atahulla(también llamada  tahulla) que equivale a 1.118 m2 en el antiguo Reino de Orihuela, Murcia, Castilla y en las Pías Fundaciones (del Reino de Aragón) y de 1.185 m2 en el Reino de Aragón, excepto en las Pías Fundaciones.
Se usaba desde los tiempos de Carlos V° y se sospecha que proviene de los árabes en el año 714.



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Patrimonio Cultural Inmaterial - Algemesí - Septiembre 7, 8

La fiesta de la "Mare de Déu de la Salut" (Nuestra Señora de la Salud) se celebra en el municipio de Algemesí, situado en la provincia de Valencia(España).
Los días 7 y 8 de septiembre de cada año, unas 1.400 personas participan en representaciones teatrales, conciertos de música y espectáculos de danza organizados en los cuatro barrios históricos de la localidad:
Valencia, La Muntanya, Santa Bárbara y La Capella.
Las procesiones efectúan su recorrido desde la Basílica Menor de San Jaime hasta la Capella de la Troballa.
Las festividades comienzan al son del carillón de la basílica. Por la tarde del primer día, el coro y la orquesta de la Schola Cantorum interpretan las vísperas y luego, al son de las campanas, comienza la Procesión de las Promesas con ''Els Misteris'' (breves obras de teatro sacro interpretadas por niños), la elevación de torres humanas con acompañamiento de músicas tradicionales y la ejecución de danzas. Al día siguiente, en la Procesión de la Mañana, dos figuras gigantes que representan al rey Jaime I de Aragón y a su mujer Violante de Hungría se unen a los fieles; en la Procesión de la Volta Gran, que tiene lugar por la tarde, desfilan representaciones de personajes bíblicos y del Nuevo Testamento, en particular los apóstoles. La base de la continuidad de esta fiesta es la participación de la vecindad del pueblo en su conjunto. Todos los vestidos, ornamentos y accesorios de las festividades se confeccionan artesanalmente y las partituras musicales se transmiten de generación en generación.
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