El alto tribunal considera que la norma no vulnera competencias autonómicas en materia de urbanismo, y considera ajustados a la Constitución los preceptos destinados a evitar el uso del suelo con fines especulativos y las reservas de suelo para la construcción de viviendas protegidas.
Asimismo, la sentencia avala la fórmula prevista en la ley para calcular el valor del suelo rural a efectos de indemnización por expropiación forzosa, sin tener en cuenta la expectativa urbanística a efectos de tasación.
Sólo declara contrario a la Constitución un inciso del artículo 22 relativo a la tasación del suelo a efectos de indemnización por expropiación.