2014-09-27

El Tribunal Constitucional avala la Ley de Suelo 2007



El alto tribunal considera que la norma no vulnera competencias autonómicas en materia de urbanismo, y considera ajustados a la Constitución los preceptos destinados a evitar el uso del suelo con fines especulativos y las reservas de suelo para la construcción de viviendas protegidas.

Asimismo, la sentencia avala la fórmula prevista en la ley para calcular el valor del suelo rural a efectos de indemnización por expropiación forzosa, sin tener en cuenta la expectativa urbanística a efectos de tasación.

Sólo declara contrario a la Constitución un inciso del artículo 22 relativo a la tasación del suelo a efectos de indemnización por expropiación.


2014-09-22

La compra de viviendas por extranjeros sube un 12%


La compra de viviendas por parte de extranjeros se dispara un 11,9% en el segundo trimestre de 2014


Hasta las 18.456 viviendas se compraron por los extranjeros no residentes 
que continúan ganando peso 
y representan ya el 54,3% de las transacciones realizadas por extranjeros

Los mayores compradores sobre el total de extranjeros son los británicos (16,7%), seguidos de los franceses (10,5%), rusos (7,1%), alemanes (6,6%), belgas (6,1%) y suecos (5,7%). Todos ellos representan más de la mitad del mercado

Por paises los han sido irlandeses con un incremento del 70,4% en términos interanuales, los estadounidenses (+51,4%), chinos (+45,0%), británicos (+42,5%) e italianos (32,4%) fueron también muy activos.

Fuente: idealista.com 

2014-09-09

Los precios de la vivienda suben un 1,7%



Por tipo de vivienda, los precios de la vivienda nueva suben un 0,6% entre el primer y 
segundo trimestre de 2014. 
los precios de la vivienda de segunda mano 
aumentan un 1,9% en tasa trimestral.

Los mayores incrementos en la variación anual se registran en Región de Murcia (sube 5,6
puntos hasta el 1,2%) y Comunitat Valenciana (sube 4,9 puntos hasta el 2,3%).


 Nota de Prensa completa


El Índice de Precios de Vivienda (IPV), base el año 2007, tiene como objetivo la medición de la evolución de los precios de compraventa de las viviendas de precio libre, tanto nuevas como de segunda mano, a lo largo del tiempo.
La fuente de información utilizada para el cálculo del IPV procede de las bases de datos sobre viviendas escrituradas que proporciona el Consejo General del Notariado, de donde se obtienen los precios de transacción de las viviendas, así como las ponderaciones que se asignan a cada conjunto de viviendas con características comunes.
La muestra utilizada para esta estadística comprende todas las viviendas escrituradas en el trimestre de referencia.
El proceso de diseño y desarrollo del IPV se ha realizado de forma coordinada con la Oficina de Estadística de la UE (Eurostat).
Fuente: INE.ES

2014-09-07

La fiesta de «la Mare de Déu de la Salut» de Algemesí

http://www.unesco.org/culture/ich/RL/00576




2014-09-06

NUEVA Ley de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje de la CV

 Ley 5/2014, de 25 de Julio, de la Generalitat Valenciana, de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Paisaje (LOTUP)

publicada en el Diario Oficial de la Comunidad Valenciana número 7329 de 31 de Julio de 2014,
entró en vigor el pasado 20 de agosto, con la simbiosis de cinco leyes (Ley Urbanística Valenciana, Ley de Ordenación del Territorio, Protección del Paisaje, Ley del Suelo No Urbanizable, y la Ley reguladora de los Campos de Golf en la CV) y la derogación de dos reglamentos,
unifica cuestiones medioambientales con la planificación territorial, e introduce bastantes novedades:

2014-09-04

El impuesto de sucesiones (ISD) vulnera las normas de la UE




El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictamina que el impuesto sobre sucesiones y donaciones en España vulnera la legislación comunitaria. Bruselas entiende que obliga a los no residentes a pagar más que a los residentes, ya que estos son los únicos que pueden beneficiarse de las ventajas fiscales concedidas por las comunidades autónomas.

La Comisión Europea, que en 2011 presentó una denuncia ante el tribunal comunitario por considerar que esta discriminación en el impuesto español “constituye una restricción a la libertad de circulación de capitales”.

Impuesto gestionado por las comunidades

En España, el impuesto de sucesiones y donaciones en un gravamen cuya gestión ha sido cedida a las comunidades. Sin embargo, la normativa estatal se aplica en los casos en los que no hay punto de conexión personal o real con una autonomía.

Todas las comunidades aplican ventajas que reducen la carga fiscal a los contribuyentes. Sin embargo, los no residentes se rigen por la normativa estatal, que es más onerosa.




Fallo del TJUE

En la Sentencia del TJUE (Sala Segunda) de 3 de septiembre de 2014, el Tribunal de Justicia afirma que esta normativa no afecta a la libre circulación de personas, pero sí va en contra de la de capitales.

El fallo indica que la sucesión o donación en la que intervenga un heredero o un donatario o un fallecido o donante que no resida en el territorio español “no podrá beneficiarse de las reducciones fiscales que sólo se aplican en caso de conexión exclusiva con el territorio de las comunidades autónomas, debiendo soportar una mayor carga fiscal que las sucesiones o donaciones en las que sólo intervienen residentes”.

Libre circulación de capitales

"Al no poder gozar de los citados beneficios fiscales, el valor de esa sucesión o esa donación se reducirá. Según la jurisprudencia del Tribunal de Justicia, dicha reducción constituye una restricción de la libre circulación de capitales", resalta la sentencia. 

Bruselas entiende que la restricción no está justificada


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