2011-12-08

2011-11-27

Financiación PYMES y Guía práctica para hacer negocios en Europa

Guía práctica para hacer negocios en Europa - 
Tu Europa - Empresas


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Préstamos para las PYME avalados por la UE

La Unión Europea (UE) apoya la financiación para ayudar a las pequeñas y medianas empresas (PYME) a dar sus primeros pasos o a ampliar su actividad.

La UE apoya a las PYME a través del Programa Marco para la Innovación y la Competitividad 2007-2013, que permite garantizar los préstamos concedidos por entidades financieras especializadas en créditos a estas empresas.

¿Reúne usted las condiciones?

Para solicitar un crédito, una PYME debe reunir las condiciones de admisión en el Programa Marco establecidas por la Comisión Europea:
  1. Su plantilla no debe superar los 250 empleados.
  2. Su volumen de negocios no debe exceder de 50 millones de euros o su balance general de 43 millones de euros.
  3. De acuerdo con la reglamentación de la CE, se considera que su empresa es una PYME. Para información sobre la definición de PYME en la UE, pulse aquí.


Para buscar una fuente de créditos avalados por la UE en España pulse aquí.


Recuerde que se trata de préstamos, no de subvenciones.
Si busca información sobre otras fuentes de financiación de la UE, pulse aquí.




2011-11-17

Europa tendría que aprender de la Antigua Roma

Europa disfrutó de un régimen de moneda común hace 2.000 años. En aquel entonces, como hoy, no había un solo idioma común, y la  movilidad de mano de obra era más bien limitada así como toda la red de comercio activo. El Imperio Romano trajo la paz interna en relación con unas amplias zonas que nunca se unieron de nuevo. Y trajo la moneda, llamada sestercios o, para ser más exactos, una moneda de oro, plata y bronce de las que el bronce, sesterciose convirtió en la más común de transmisión. Sin duda, entonces se carecía de un banco central, aunque duró muchos siglos (del III a.C. al III d.C,)



Frente a una crisis europea de deuda severa, continua y previsible como sufrimos, no parece probable que el euro va a conseguir algo que se acerque el éxito o la longevidad de aquéllos sestercios, como antecesor distante. ¿Qué salió mal, más allá de la falta de visión política que es la única cosa que los gobiernos europeos parecen compartir?


2011-11-11

PREGUNTAS FRECUENTES:¿Qué es un banco malo? todo lo que te interesa saber

 Cada  vez se oye más el "Banco Malo" como panacea a todos los problemas financieros de las entidades de crédito al contar con tantos inmuebles en sus balances, según el Banco de España:  por cuentas de dudoso cobro, promotores con graves riesgos de falta de pago, y adjudicaciones hipotecarias, aunque algunos expertos señalan que son  opiniones interesadas sin sentido, siendo su origen el "lobby bancario"
¿Qué es un Banco Malo? Es una entidad creada generalmente por el Estado a fin de comprar a precio asequible los 'activos tóxicos' de la Banca y limpiar sus balances evitando males mayores. ¿cómo funcionaría el banco malo?... 

Mi piso no se vende ¿ Que hago?


Que no cunda el pánico. Vender una vivienda no es fácil en tiempos de crisis, pero tampoco es una tarea imposible. Los expertos recomiendan no resistirse a bajar el precio y no demorar la venta a la espera de ofertas mejores.

La crisis se ha cebado en el mercado inmobiliario. Según la agencia de tasación Tinsa, hoy un piso vale casi un 24% menos que en diciembre de 2007, cuando la burbuja tocó techo. Por eso, vender una vivienda se ha convertido es una tarea titánica para muchos, que se desesperan al ver pasar los meses a la espera de un comprador, mientras el valor de su piso se deprecia.
Para vender rápido y bien, las agencias inmobiliarias aconsejan marcar un precio acorde con la realidad del mercado y no demorar la venta a la espera de ofertas mejores. Es probable que nunca lleguen.

Estas son las cinco claves para vender un piso en tiempos de crisis,

2011-10-21

DESAHUCIO EXPRES

Pisos : desahucios de pisos en alquiler mas rapidos al modificar la ley 

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Los desahucios seran mas rapidos tras las modificaciones legales, los propietarios pisos de alquiler desahuciaran mas facilmente
Los propietarios de pisos que dedican al alquiler celebraran las modificaciones procesales relativas al procedimiento de desahucio, lo que es una buena noticia para evitar a los inquilinos morosos profesionales, si bien, el momento de crisis economica no parece el mas oportuno para aquellas familias que siendo buenos pagadores se ven abocados a desalojar sus casas alquiladas si de forma temporal no pueden hacer frente a los pagos de las rentas de alquiler. Las modificaciones legales relativas al desahucio de pisos en alquiler permitira que los desahucios se hagan mucho mas rapidamente, lo que dara mas seguridad a los propietarios de viviendas en alquiler .
Se ha publicado en el boletin oficial del estado la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, que determina importantes cambios normativos relativos a los procedimientos de desahucio, como por ejemplo " Se extiende el sistema del juicio monitorio a los juicios de desahucio por falta de pago, de modo que, en el caso de que el arrendatario no desaloje el inmueble, pague o formule oposición tras el requerimiento, se pase directamente al lanzamiento, cuya fecha se le comunica en el mismo requerimiento, única comunicación procesal necesaria para el buen fin del proceso, aun cuando el demandado tratase de dilatar la ejecución, evitándose asimismo la celebración de vistas innecesarias" .


PREGUNTAS FRECUENTES

APLICACIÓN DEL TIPO SUPER-REDUCIDO DEL 4%

A LA ENTREGA DE VIVIENDAS

1.- ¿Cuáles son los requisitos para que las entregas de inmuebles a particulares destinados a viviendas se beneficien de la tributación al tipo superreducido dei 4% previsto en el Real Decreto-ley 912011 en lugar del 8%?

La entrega de la vivienda debe efectuarse por un empresario o profesional, en caso contrarío tributará por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (Concepto Transmisiones Onerosas) (ITP)

Debe tratarse de viviendas terminadas y ser su primera entrega (la realizada por el promotor). En el caso de la segunda o ulteriores transmisiones (viviendas usadas) es de aplicación la exención, tributando por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (Concepto Transmisiones Onerosas) (ITP).

Es necesario que los edificios o partes de los mismos que se transmiten sean aptos para su utilización corto viviendas; se incluirán las plazas de garaje, con un máximo de dos unidades, y anexos en ellos situados que se transmitan conjuntamente.

o No tendrán la consideración de anexos a viviendas los locales de negocio, aunque se transmitan conjuntamente con las mismas.

o No se consideran edificios aptos para su utilización como viviendas las edificaciones destinadas a su demolición.



La entrega de la vivienda deberá producirse desde, el 20 de agosto de 2011 hasta el 31 de diciembre de 2011.

2.- ¿Es aplicable el tipo superreducido del 4% previsto en el Real Decreto ley 9/2011 a la entrega de viviendas usados?

Únicamente si el vendedor renuncia a la exención, para lo cual se requiere que el comprador sea un empresario o profesional con derecho a la deducción total del impuesto soportado en la operación. En el caso de viviendas adquiridas por particulares no es aplicable.

3.- ¿Las entregas de viviendas de obra nueva realizadas por promotores se consideran siempre primera entrega?

No. No tiene la consideración de primera entrega a efectos del IVA. la realizada por el promotor después de la utilización interrumpida del inmueble por un plazo igual o superior a dos años por su propietario, por titulares de derechos reales de goce o disfrute o en virtud de contratos de arrendamiento sin opción a compra, salvo que el adquirente sea quien utilizó la edificación durante ese plazo.

En estos casos la venta tendrá la consideración de segunda entrega, exenta del IVA y tributará por el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales

4.- Las entregas de viviendas rehabilitadas pueden considerarse primera entrega?
Si, las entregas de viviendas rehabilitadas se asimilan a la entrega de un edificio de nueva construcción siempre que se cumplan los requisitos previstos en el articulo 20.Uno.22°.13) de la Ley 37/1992:

El índice de referencia del INE para actualizar el alquiler marca máximos, hasta el 2,32%

Con el dato de diciembre de 2025, este índice acumula siete meses consecutivos por encima del 2% tras situarse en el 2,29% en noviembre, el ...