2015-10-28

CÉDULA DE SEGUNDA OCUPACIÓN O DECLARACIÓN RESPONSABLE



Mi pregunta es muy sencilla, venta de una una vivienda del año 1980, en terreno rustico, con su correspondiente contrato de agua y luz, al ir a cambiarlo de nombre, la empresa Hridacua me solicita cédula de 2ª ocupación o documento que lo sustituya (declaración Responsable).


* ¿Quién lo debe de solicitar el comprador o el vendedor?

El Ayuntamiento dice que el comprador, con su coste de tasa, informe de arquitecto e instalaciones para poder adecuar la vivienda a la normativa de habitabilidad y diseño vigente, también me afirma que si esta en terreno rustico no hay nada que hacer y le pasaran automáticamente orden a las empresas suministradoras el corte del suministro.

*¿qué pasa con las viviendas en suelo rústico, no se podrán vender?
*¿aceptará el propietario vender y que continue el suministro a su nombre?

En el supuesto de que el vendedor de de baja los suministros el nuevo propietario no podrá darlos de alta. 

INFORME DE ARQUITECTO
Según varios técnicos las viviendas que se construyeron en los años 80/90 no cumple ninguna con la normativa viente en este momento.

* Entonces que puede hacer el que quiera vender la casa de sus padres o la que compro hace 15 años

Es un tema que cada vez se esta complicando mas.


http://porticolegal.expansion.com/foro/urbanismo/1235863/declaracion+responsable

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