Desde el día 1 de junio 2013, ha entrado en vigor a nueva normativa sobre la certificación de la eficiencia energética de viviendas son muchas las dudas suscitadas en el sector inmobiliario. Aco inmobiliaria hace una recopilación con las principales preguntas y respuestas sobre la certificación energética
¿Qué aporta el certificado?
El certificado permitirá determinar la calidad de la vivienda desde un punto de vista de ahorro energético. La etiqueta energética clasifica los edificios desde la A (Favorable) a G (Desfavorable).
Un buen certificado permitirá detectar dónde se producen los gastos innecesarios en instalaciones debidos a malas condiciones de la vivienda o instalaciones, permitiendo al propietario aumentar la calidad de la vivienda que desea vender o alquilar.
¿Qué edificios tienen la obligación de obtener un certificado de eficiencia energética?
Hay 3 casos:
1 – Los edificios de nueva construcción.
2 – Los edificios o partes de edificios existentes que ser vendan o alquilen a un nuevo propietario/arrendatario, siempre que no dispongan de un certificado en vigor.
3 – Edificios o partes de edificios en los que una autoridad pública ocupe una superficie útil total superior a 250 m2 y que sean frecuentados por el público.
¿Existe alguna excepción?
Se libran del certificado energético (en el momento de hacer publicidad o en el momento de cerrar la transacción) los edificios industriales y los locales que tengan menos de 50 metros cuadrados o que se alquilen por menos de 4 meses.
¿Cuándo se debe informar sobre el certificado energético?