2013-02-17

Dación en pago retroactiva



La propuesta que está generando más polémica de la ILP recién admitida a trámite es la dación en pago con efectos retroactivos. Las criticas se basan en el descalabro jurídico y financiero que podría provocar.

Muchos ciudadanos desconocen que la dación en pago existe ya. 
Los artículos 1.521 y 1.636 del Código Civil y el 155 de la Ley Concursal, y en concreto, el 140 de la Ley Hipotecaria; La dación actual ahuyenta a los particulares porque encarece la hipoteca. 
Sin embargo, existe una corriente que acusa a la normativa actual de poner al acreedor muy por encima del deudor. Para restablecer el equilibrio, habría que modificar no solo la Ley Hipotecaria, sino también la de Enjuiciamiento Civil y la Concursal. 
Pero para esto, hay que contar con el beneplácito de las entidades.


Fuente: noticias.pisos.com

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