2012-01-21

Novedades Fiscales en Vivienda, IVA, IRPF y Suelo





Con efectos desde 1 de enero de 2011, con el Real Decreto-ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público se ha modificado la  Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su artículo 68 en cuanto a la  Deducción por inversión en vivienda habitual:

1.º Los contribuyentes podrán deducirse el 7,5 por ciento de las cantidades satisfechas en el período de que se trate por la adquisición o rehabilitación de la vivienda que constituya o vaya a constituir la residencia habitual del contribuyente. A estos efectos, la rehabilitación deberá cumplir las condiciones que se establezcan reglamentariamente.

  • La base máxima de esta deducción será de 9.040 euros anuales y estará constituida por las cantidades satisfechas para la adquisición o rehabilitación de la vivienda, incluidos los gastos originados que hayan corrido a cargo del adquirente y, en el caso de financiación ajena, la amortización, los intereses, el coste de los instrumentos de cobertura del riesgo de tipo de interés variable de los préstamos hipotecarios.
  • También podrán aplicar esta deducción por las cantidades que se depositen en entidades de crédito, en cuentas que cumplan los requisitos de formalización y disposición que se establezcan reglamentariamente, y siempre que se destinen a la primera adquisición o rehabilitación de la vivienda habitual, con el límite, conjuntamente con el previsto en el párrafo anterior, de 9.040 euros anuales.
  • En los supuestos de nulidad matrimonial, divorcio o separación judicial, el contribuyente podrá seguir practicando esta deducción, en los términos que reglamentariamente se establezcan, por las cantidades satisfechas en el período impositivo para la adquisición de la que fue durante la vigencia del matrimonio su vivienda habitual, siempre que continúe teniendo esta condición para los hijos comunes y el progenitor en cuya compañía queden.
Se entenderá por vivienda habitual aquella en la que el contribuyente resida durante un plazo continuado de tres años. No obstante, se entenderá que la vivienda tuvo aquel carácter cuando, a pesar de no haber transcurrido dicho plazo, se produzca el fallecimiento del contribuyente o concurran circunstancias que necesariamente exijan el cambio de vivienda, tales como separación matrimonial, traslado laboral, obtención de primer empleo o de empleo más ventajoso u otras análogas.

2012-01-05

2012 Decisivo para Europa

Es muy probable que el año 2012 sea en la Unión Europea un año de grandes y sustanciales cambios en su estructura económica para posicionarse en el panorama internacional de forma acorde al crecimiento que le corresponde. 

Hay que sanear y recapitalizar el sistema bancario europeo, fortalecer la moneda única, atajar el problema del desempleo - que afecta a 23 millones de personas- y  realizar la correspondiente reforma institucional a través de tratados internacionales, para que sea una verdadera Unión Europea. Y en ese calendario de trabajo, lleno de incertidumbres, España debe estar más presente que nunca. 

2012-01-02

Hábitat urbano sostenible

“Nadie sabe que aspecto tiene un asentamiento humano sostenible, ni tampoco como funciona. Hay quien dice que las pequeñas villas europeas de la edad media, o las aldehuelas prehistóricas, por poner dos ejemplos; fueron sostenibles. Sin embargo, ambos modelos se basaban en el mismo paradigma no sostenible; los recursos se extraían del entorno mientras que los desperdicios se tiraban, sin mas” (Ruano, Miguel. ECOURBANISMO ENTORNOS HUMANOS SOSTENIBLES: 60 PROYECTOS.)




La ciudad no es un ente individual, está unido a un contexto, donde los componentes que la hacen vivir son los del medio ambiente: el aire, la tierra, el agua, el sol, la flora, la fauna, el ser humano, etc. No podemos seguir pensando de una manera segmentaria, es eminente que estamos viviendo un cambio de paradigma y este paradigma integrador, holístico, nos muestra cómo para cada acción hay una reacción y todo en el mundo depende de algo. Debemos ver a la ciudad como una parte integral del medio ambiente. Tenemos que cambiar la manera de pensar de los seres humanos y llevarlos a entender que los recursos son finitos, que tenemos obligatoriamente que convertir ese consumo lineal en un consumo cíclico, implementando el reciclaje, la renovación, la restauración, reuso, y recuperación.

Debemos pensar en el desarrollo sostenible de una manera integral, en todos sus aspectos, el económico, el político, el ecológico y sobre todo debemos saber que lo más importante es la persona humana y que sin la aceptación de ésta, nunca vamos a lograr evolucionar a esa ciudad del futuro deseable, sino que más bien vamos a alcanzar el futuro inevitable de destrucción, desolación y muerte!
No creo que la ciudad del futuro esté llena de calles y automóviles modernos como lo vemos en las escenas de las películas futuristas, mas bien creo que la ciudad del futuro está encaminada a ciudades compactas, con muchas áreas verdes, con una ciudadanía segura y contenta de tener un medio ambiente sano, con mucha tecnología para las comunicaciones, que hace más eficiente nuestro trabajo pero que no reemplaza al ser humano, pero sobre todo, llena de personas que quieren trabajar en conjunto por un mundo mejor!


Arq. Alejandra Padilla

Fuente: habitat.ecoportal.net

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